Tarea de Geografía

1. Busquen en Internet la Ley Nacional de Bosques Nº 26.331 y respondan las preguntas.
   a) ¿Cómo se definen los bosques nativos?
   b) ¿Qué servicios ambientales general los ecosistemas del bosque nativo?
   c) ¿Cuáles son las categorías de conservación que establece el ordenamiento territorial?


a) Se considera a los bosques nativos ecosistemas forestales naturales compuestos predominantemente por especies arbóreas nativas maduras, con diversas especies de flora y fauna asociadas, en conjunto con el medio que las rodea —suelo, subsuelo, atmósfera, clima, recursos hídricos—, conformando una trama interdependiente con características propias y múltiples funciones, que en su estado natural le otorgan al sistema una condición de equilibrio dinámico y que brinda diversos servicios ambientales a la sociedad, además de los diversos recursos naturales con posibilidad de utilización económica. Se encuentran los bosques nativos de origen primario, que es donde no intervino el hombre, y los de origen secundario formados luego de un desmonte, así como aquellos resultantes de una recomposición o restauración voluntarias.

b) Los principales servicios ambientales que general los ecosistemas del bosque nativo son: regulación hídrica, conservación de la biodiversidad, conservación del suelo y calidad del agua, fijación de emisiones gases con efecto invernadero, contribución a la diversificación y belleza del paisaje y defensa de la identidad cultural.

c) Las categorías que establece son:
    CATEGORIA I (rojo): sectores de muy alto valor de conservación que no deben transformarse. Incluirá áreas que por sus ubicaciones relativas a reservas, su valor de conectividad, la presencia de valores biológicos sobresalientes y/o la protección de cuencas que ejercen, ameritan su persistencia como bosque a perpetuidad, aunque estos sectores puedan ser hábitat de comunidades indígenas y ser objeto de investigación científica.

  CATEGORIA II (amarillo): sectores de mediano valor de conservación, que pueden estar degradados pero que a juicio de la autoridad de aplicación jurisdiccional con la implementación de actividades de restauración pueden tener un valor alto de conservación y que podrán ser sometidos a los siguientes usos: aprovechamiento sostenible, turismo, recolección e investigación científica

  CATEGORIA III (verde): sectores de bajo valor de conservación que pueden transformarse parcialmente o en su totalidad aunque dentro de los criterios de la presente ley.

Comentarios

  1. Gracias por publicar la actividad, la información es correcta.

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  2. No se encuentra publicada la actividad en el blog correspondiente al cuadro de ambientes de Argentina

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  3. Faltó incluir el cuadro con las características de los diversos ambientes (era una tarea de clase)

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